¿Qué es la etiqueta de eficiencia energética de vivienda?
El Proyecto del Real Decreto por el que se aprueba el procedimiento básico para la Certificación de la Eficiencia Energética de los Edificios Existentes, aún por aprobación, establece que a partir del 1 de enero de 2013, todas las viviendas que se vendan o alquilen, tendrán que tener un Certificado de Eficiencia Energética de la vivienda. Será obligatorio disponer de este certificado por parte del propietario del inmueble y adjuntarlo en la oferta publicitaria. Por lo tanto, es previsible que se obligue aportarlo en la firma de las escrituras de la compraventa ante notario o como anexo al contrato de arrendamiento. Ya era obligatorio desde el año 2007 para las viviendas de nueva construcción, ahora se pretende con la aprobación del Proyecto de Real Decreto, aplicarlo a todas las viviendas existentes. El certificado deberá estar redactado por un Técnico Certificador Energético (Arquitecto, Arquitecto Técnico, Ingeniero de la Edificación, Ingeniero Industrial e Ingeniero Técnico Industrial), y establece el consumo de energía necesario para satisfacer la demanda energética de una vivienda en condiciones normales de funcionamiento y ocupación, en definitiva, lo que se certifica es la eficacia de nuestra vivienda en relación con el consumo de energía. Al igual que cuando compramos una lavadora, nos fijamos en la etiqueta de eficiencia energética, lo mismo pasará cuando compremos una vivienda. La calificación es similar siendo aquellas vivienda con una calificación A, B o C, más...
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